EL CATECISMO Y LAS IMAGENES EN LA IGLESIA CATÓLICA Y ROMANA
IV.- «NO TE HARAS ESCULTURA ALGUNA…»
2129 El mandamiento divino implicaba la prohibición de toda representación de Dios por mano del hombre. El Deuteronomio lo explica así: «Puesto que no visteis figura alguna el día en que el Señor os habló en el Horeb de en medio del fuego, no vayáis a prevaricar y os hagáis alguna escultura de cualquier representación que sea…» (Dt 4,15-16). Quien se revela a Israel es el Dios absolutamente Trascendente. «El lo es todo», pero al mismo tiempo «está por encima de todas sus obras» (Si 43,27-28). Es la fuente de toda belleza creada (cf. Sb 13,3).
2130 Sin embargo, ya en el Antiguo Testamento Dios ordenó o permitió la institución de imágenes que conducirían simbólicamente a la salvación por el Verbo encarnado: la serpiente de bronce, el arca de la Alianza y los querubines.
2131 Fundándose en el misterio del Verbo encarnado, el séptimo Concilio Ecuménico (celebrado en Nicea el año 787), justificó contra los iconoclastas el culto de las sagradas imágenes: las de Cristo, pero también las de la Madre de Dios, de los ángeles y de todos los santos. El Hijo de Dios, al encarnarse, inauguró una nueva «economía» de las imágenes.
2132 El culto cristiano de las imágenes no es contrario al primer mandamiento que proscribe los ídolos. En efecto, «el honor dado a una imagen se remonta al modelo original», «el que venera una imagen, venera en ella la persona que en ella está representada». El honor tributado a las imágenes sagradas es una «veneración respetuosa», no una adoración, que sólo corresponde a Dios:
El culto de la religión no se dirige a las imágenes en sí mismas como realidades, sino que las mira bajo su aspecto propio de imágenes que nos conducen a Dios encarnado. Ahora bien, el movimiento que se dirige a la imagen en cuanto tal, no se detiene en ella, sino que tiende a la realidad de la que ella es imagen. [Santo Tomás de Aquino]
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